Mostrando entradas con la etiqueta iglesia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta iglesia. Mostrar todas las entradas

miércoles, 7 de octubre de 2020

El matrimonio de los curas

El papa Benedicto VIII lamenta que "incluso los clérigos que pertenecen a la servidumbre de la Iglesia -si es que se les puede llamar clérigos-, como quiera que se ven privados por las leyes del derecho a tener mujer, engendran hijos de mujeres libres y evitan a las esclavas de las iglesias con el único propósito fraudulento de que los hijos engendrados de la mujer libre también puedan ser libres, de alguna manera. ¡Oh, cielos y tierra! - se lamenta el Papa- éstos son quienes se alzan contra la Iglesia. la Iglesia no tiene peores enemigos. Nadie está más dispuesto a perseguir a la Iglesia y a Cristo. Mientras los hijos de los siervos conserven su libertad, como falazmente pretenden, la Iglesia perderá ambas cosas, los siervos y los bienes. Así es como la Iglesia, antaño tan rica, se ha empobrecido."

Exactamente en esto consiste el problema. NO hay peor enemigo del papa que quien reduce su patrimonio. Pues el patrimonio garantiza el poder, el poder, dominio feudal, y el domino feudal lo es todo.

Visto esto, el Vicario de Cristo en la tierra, dispone: "todos los hijos e hijas de clérigos, hayan sido engendrados por una esclava o por una mujer libre, por la esposa o por la concubina -pues en ninguno de estos casos está permitido, ni lo estuvo (?), ni lo estará- serán esclavos de la Iglesia por toda la eternidad".

Gran sínodo de Pavía, siglo XI

 

Esta ley sería aplicada en Alemania, agravada, por el emperador Enrique II (sínodo de Goslar, 1019), quien las elevará a rango de leyes imperiales. De manera que los jueces que declararan libres a los hijos de sacerdotes serían privados de su patrimonio y desterrados de por vida, las madres de esos hijos serían azotadas en el mercado y también desterradas, los notarios que levantaran un acta de libre nacimiento o un documento similar perderían su mano derecha.

El emperador Enrique II todavía es venerado en Bamberg como santo


A comienzos del siglo VII tuvo lugar el Concilio Trullano al que asistieron más de doscientos obispos. Aquí fue donde por primera vez se arremetió contra las relaciones sexuales de los obispos dentro del matrimonio, aunque las autoriza en el caso de los subdiáconos, diáconos y sacerdotes, siempre que se hubieran casado antes de adquirir la dignidad subdiaconal.

El famoso canon dice así: "Tras advertir que en la Iglesia Romana la costumbres es que quienes adquieren la dignidad diaconal o sacerdotal prometan que no pretenden mantener trato matrimonial con sus esposas, ordenamos, según la antigua ley del cuidado y disposición apostólicos, que los matrimonios legales de los santos hombres deben mantenerse en lo sucesivo, y que de ninguna manera disuelvan la unión con sus mujeres, y que de ninguna manera evitan la cohabitación cuando sea conveniente".

Hubo hijos de sacerdotes que se convirtieron en papas hasta el siglo X: Bonifacio I, Félix III, Agapito I, Teodoro I, Adriano II, Martín II y Bonifacio VII entre otros. Varios de ellos fueron canonizados: San Bonifacio I, San Silverio y San Diosdado. Y hasta hubo papas que fueron hijos de papas, como Silverio, el hijo del papa Hormisdas, o Juan XI, el hijo de Sergio III.

Pero.....

Roma quería gobernar; para ello necesitaba instrumentos ciegos, esclavos sin voluntad, y a éstos los encontró en un clero célibe que no estaba ligado por ningún lazo familiar a la patria y al soberano, cuyo principal -y único- deber consistía en la obediencia incondicional a Roma.

Se comenzó por defender la "pureza" del celibato; basándose en la antigua y extendida creencia de que el éxito del ritual dependía de la castidad del sacerdote. Para justificar esta idea, se recordaban la exigencias del Antiguo Testamento (tomadas del paganismo) que había desterrado toda clase de sexualidad del ámbito del Templo; una obsesión purificadora que el Nuevo Testamento ignora por completo. En cualquier caso, en Oriente, donde por lo general sólo había oficios los domingos, miércoles y viernes, la Iglesia sólo exigía la abstinencia del sacerdote en esos días; en cambio, en Occidente, donde la misa tenía lugar a diario -la costumbre se inició en Roma- se insistía en la continencia absoluta en la vida matrimonial. Esta renuncia casi sobrehumana aumentaría el prestigio del religioso ante el pueblo, le proporcionaría credibilidad y respetabilidad, le convertiría en una especie de ídolo, en una figura por encima de los mortales, líder y padre a la vez, a quien la gente miraría con admiración, dejándose gobernar por él.

Esto, claro, indujo a los clérigos más al libertinaje que a la castidad. El ser humano es así, señora. Un motivo político-financiero entró pronto en escena: como es natural, los religiosos solteros les resultaban más baratos a los obispos que los que tenían mujer e hijos. El motivo económico aparece en innumerables leyes y decretos sinodales hasta nuestros días. Los primeros gobernantes cristianos no discriminaron ni a los religiosos casados ni a sus familias. Pero en el año 528 el emperador Justiniano dispuso que quien tuviera hijos (¡y no quien estuviera casado!) no podría llegar a ser obispo.

Sólo dos años después, Justiniano arremetió también contra quienes se casaban tras ser ordenados "y engendraban hijos de mujer". Declaró nulos todos los matrimonios celebrados tras la ordenación sacerdotal y a toda su descendencia nacida o por nacer, ilegítima, infame y sin derecho a sucesión.

A mediados del s. VI, el papa Pelagio I consagró obispo de Siracusa a un padre de familia, estableciendo, sin embargo, que sus hijos no podrían heredar ningún "bien eclesiástico".

Demos un salto de un milenio.....

Durante el Concilio de Trento (1545-1563) el emperador alemán Fernando I y los reyes de Francia y Bohemia reclamaron la autorización del matrimonio de los clérigos, los prelados se opusieron decididamente. "¿el matrimonio de los sacerdotes? ¿no habéis reflexionado que, desde ese momento, ya no dependería del Papa sino de su príncipe, hacia el que mostrarían su satisfacción en todos los sentidos, en perjuicio de la Iglesia y por amor a sus mujeres e hijos?" apostrofó el cardenal de Capri al Papa.

 

viernes, 6 de noviembre de 2009

Las mujeres y el pecado

En 1325 para conocimiento de los clérigos segovianos que ignoraban el latín, el obispo Pedro escribía en romance un amplio catecismo que finaliza con la relación de los pecados más corrientes entre los obispos, abades, miembros de los cabildos catedralicios, monjes sacerdotes, reyes, caballeros, mercaderes y campesinos. Su conocimiento es básico para entender la sociedad de la época.

Según se prueba por el décimo mandamiento la mujer es considerada un objeto, un bien mueble, susceptible de tener un dueño; “non desearás la muger de tu prójimo, non el siervo, non la sirvienta, non el buey, non el asno, nin otras cosas suyas.” Este mandamiento se entiende tan solamente de las cosas muebles, ya que los bienes raices están protegidos por el noveno mandamiento.

La mujer es inferior al hombre y, con frecuencia, un peligro, especialmente cuando el hombre pertenece al mundo clerical y ha recibido las órdenes sagradas. La inferioridad de la mujer no deja de presentar algunas ventajas como la menor gravedad de un pecado si es cometido por una mujer que si el pecador es un hombre; pero tiene inconvenientes considerables: la mujer no puede recibir las órdenes porque “...non debe servir al altar”. La condescendencia hacia el ser inferior que es la mujer llega hasta a reconocer la validez del bautismo administrado por un lego, aunque sea hereje o pagano, e incluso por la madre, en caso de peligro de muerte, pues del mismo modo “que el sol passa por muchos logares suzios” sin perder su brillo, el bautismo mantiene sus efectos aunque lo administre una mujer.

Los pecados de la mujer sí se resienten de su condición femenina: el coito entre casado y “suelta” es una simple fornicación, mientras que si un hombre, sea casado o no, yace “con muger de otro” se comete el grave pecado de adulterio porque a través de la mujer se ofende a su dueño, el marido. Para el obispo Pedro de Cuéllar hay que distinguir dos posibilidades: que una mujer yazga con un hombre y que un hombre haga el amor con una mujer; lo primero no debe hacerse nunca fuera del matrimonio, ni siquiera aunque la mujer se halle en gran menester y pobreza, porque el hombre “es fecho a serviçio e ymagen de Dios e devemos catar en él la reverencia de la fermosura divina” y sería grave pecado ensuciar esta imagen de la divinidad; si es el hombre el que yace con una mujer, realiza un acto natural y necesario para la perpetuación de la especie, pero comete un pecado porque el acto deja de ser natural en cuanto se realiza fuera del matrimonio, y “tal coyto...es commo, comer mezclado con veneno.”