martes, 24 de noviembre de 2009

La mujer y el pecado II

Peligrosa para los hombres por cuanto puede ajar su hermosura, la mujer es aún más dañina para los clérigos y nuestro obispo, Pedro de Cuéllar, no se cansará de llamarles la atención sobre los riesgos que comporta la familiaridad con mujeres: el confesor tendrá a sus pies al penitente, y si éste es mujer le ordenará “que non tenga la cara a él, que dize Abacuc que la faz de la muger es viento quemador”; también se le ordena al sacerdote que en ningún caso “visite mucho las mugeres nin fable con ellas en suspechosos lugares”

En las casas de los clérigos no debe vivir mujer que no sea madre, hermana, tía o sobrina, e incluso en estos casos debe irse con cuidado,pues las mujeres quieren tener criada; si esto es válido para el clérigo mucho más lo será para el obispo en cuya casa no se permite vivir a ninguna mujer “siquier vieja, siquier manceba, siquier parienta, siquier otra”. Si el clérigo tiene amiga, ésta será excomulgada y si viviera públicamente con el clérigo como si fuera su mujer, entonces ella y sus hijos serían reducidos a servidumbre; el clérigo en cambio sale mejor parado: se le amonesta por treces veces y sólo cunado hace caso omiso pierde una parte de sus beneficios (la sanción es mayor si la mujer es judía o musulmana) y el cargo, pero el obispo puede reducir la pena, ya “que este viçio es muy comunal e de liquero caen en él los ommes”; al clérigo que, amonestado por su obispo, fuere hallado en lugar sospechoso hablando con una casada puede darle muerte el marido “muy bien e sin pena ninguna”.

La fascinación por el sexo es constante en la obra de Pedro de Cuéllar, a veces sin razón aparente, acudiendo a él cada vez que tiene que poner un ejemplo para cualquier otro tema.

Bajo el mandamiento de “non serás mecho” se prohíben la masturbación, el adulterio, el incesto, la fornicación contra natura y la fornicación simple, excepto cuando ésta tiene lugar dentro del matrimonio, sacramento que fue instituido para canalizar el instinto de procreación y refrenar la maldad de los hombres, que “se yban al coyto de las mugeres así commo otras animallas”. El fin último del matrimonio sería la glorificación divina a través de los hijos, que estarían llamados a sustituir al lado de Dios a los ángeles expulsados del paraíso.

EL matrimonio justifica y legitima el acto sexual, pero sólo cuando tiene como objetivo la procreación; si se realiza porque el hombre no puede contenerse o simplemente “por dar el debdo a su muger” es pecado venial, y si es “por aver farta luxuria” es pecado mortal. También es pecado la copulación realizada en Cuaresma y no digamos si tiene lugar “en viernes de indulgencias o en otros días sanctos” pero sólo peca quién lo pide ya que, en virtud del matrimonio, el cónyuge está obligado a acceder no sin antes intentar disuadir a su pareja.

Puesto que los hijos son la razón de ser del matrimonio éste sólo es posible entre personas capaces de procrear, es decir, entre un hombre y una mujer de edad suficiente y no incapacitados para la procreación.

Los ministros del sacramento del matrimonio son los propios contrayentes, y de hecho basta el consentimiento mutuo para que se realice el matrimonio, pero la Iglesia obliga a que la aceptación de una persona por otra sea pública, a que se pruebe en presente del representante de la Iglesia, el sacerdote. Una vez consumado, el matrimonio es indisoluble aún cuando los cónyuges no vivan juntos: mientras vivan ambos, ninguno puede casarse de nuevo ni tampoco prometer continencia sin acuerdo del otro.

En nuestra literatura tenemos un claro ejemplo de esta vida nada ejemplarizante en la obra del Arcipreste de Hita, el Libro del Buen Amor.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

Un lord inglés en la Guerra de Granada

El 29 de agosto de 1471 los embajadores del rey castellano Enrique IV firmaron con Eduardo IV en Westminster, un tratado mediante el cual Inglaterra autorizaba la libre navegación de los barcos de Castilla en sus aguas, comenzaba a consolidarse el cerco político a Francia.

Este tratado fue renovado en 1473, y en 1477, fallecido Enrique IV y entronizada en Castilla su hermana Isabel, se transformó en una coalición ofensiva-defensiva en la que entraron también el emperador Federico III y las casas de Bretaña y Borgoña. El rey francés se oponía a la expansión castellana y aragonesa en Europa, especialmente en Italia, y retenía las regiones catalanas del Rosellón y la Cerdaña. Inglaterra, por su parte, aspiraba a reconquistar algunos de los territorios continentales perdidos durante la guerra de los Cien Años (1339-1453). Ese mismo año de 1477 se entablaron negociaciones para casar a la hija primogénita de los RRCC, de siete años, con el Príncipe de Gales, de seis años. Esta boda no podría llegar a realizarse. Los RRCC buscaban también salvaguardar los intereses económicos castellanos en Bretaña, Flandes e Inglaterra, ya que los comerciantes de la cornisa cantábrica copaban el transporte de vinos desde Gascuña a la Gran Bretaña, surtían de hierro fundido el mercado inglés y mantenían fluidas relaciones con los centros comerciales del norte de Europa.

Al morir el rey inglés en 1483, su hermano Ricardo, duque de Gloucester, se haría con el poder eliminando a sus dos sobrinos, de 12 y 9 años; en su época fue conocido como el más cruel y malvado príncipe que hay en la Cristiandad. Este perverso usurpador, a quién Shakespeare en su drama Ricardo III incorporaría la conocidísima joroba, no interrumpió la correspondencia con nuestra reina Isabel. Los ingleses no aguantaron mucho tiempo a odiado Ricardo, acudieron a su primo Enrique Tudor, conde de Richmond. Este con sus tropas leales aniquiló a Ricardo en la batalla de Bosworth.

El conde de Richmond, ahora primer rey de la rama Tudor, siguió las buenas relaciones con Castilla y Aragón. En 1486 en plena guerra de Granada mandó a sus embajadores para negociar la boda del príncipe de Gales, Arturo con la infanta Catalina, la otra hija de los RRCC. La reina Isabel hizo grandes fiestas a los embajadores pues se reconocía prima del rey de Inglaterra, sucesor de la Casa de Lancaster, además de entender que la confederación con la casa de Inglaterra era muy provechosa a sus reinos. Esta unión no se llegaría a producir.

La victoriosa guerra de Granada era vista por los príncipes y reyes de Europa como una nueva cruzada. Soldados de los países de Occidente llegaban a Andalucía bajo el estandarte de la Santa Cruz que el Papa Sixto IV había concedido a los soberanos españoles para combatir al infiel.

Enrique VII Tudor envió en 1486 a 300 soldados y caballeros bajo el mando del tío carnal de su esposa Isabel de York, Lord Scales, conocido en tierras hispanas como el conde de Escales. Desembarcaron en Sanlúcar de Barrameda, dirigiendose a Sevilla para avituallarse, uniéndose en mayo de 1486 en Córdoba al grueso del ejército de 12.000 jinetes y 40.000 infantes que personalmente mandaba don Fernando; a los pocos días tomaron parte en el asalto a la ciudad de Loja.

La acción la inició el marqués de Cádiz, pues los moros le habían arrebatado la posesión de Albohacén cuatro años antes, la lucha se trabó fieramente, los granadinos llegaron a reforzar a su guarnición y en ese momento el rey Fernando lanzó a los ingleses a la carga. Estos, al llegar adonde estaban luchando los cristianos del marqués de Cádiz, echaron pie a tierra y lucharon a la manera inglesa: “el conde de Escales descabalgó del caballo armado en blanco y con una espada ceñida e un hacha de armas en las manos y con una cuadrilla de los suyos, asimismo armados, se arrojó delante de todos contra los moros con viril y esforzado corazón, dando golpes en unos y otros, matando,derribando, que ni le faltó valor ni fuerza.

E como esto vieron los castellanos, no menos ficieron. Al momento siguiendo tras los ingleses, dieron tal priesa a los moros que les ficieron volver las espaldas e los cristianos con ellos corrieron e se encontraron en los arrabales de Loxa”

Los moros sólo pudieron recurrir a protegerse tras las murallas de Loja, lo que dio paso al mayor ataque artillero que hasta entonces se había efectuado en tierras de España. En el asalto a las murallas también se distinguió el lord británico. Cuando ascendía por una escalera, los moros, desde lo alto del muro, lanzaron piedras “e fue ferido el conde inglés de una pedrada que le quebró dos dientes e murieron tres o cuatro de los suyos.” Los moros repelieron este asalto, defendiéndose durante ocho largos días.

Al final tuvieron que claudicar después de conseguir garantías de vida del rey don Fernando. El lunes 29 de mayo, los cristianos entraron en Loja, al frente iban el rey don Fernando, el marqués de Cádiz, Lord Scales y un juvenil soldado llamado Gonzalo Fernández de Córdoba que hacía sus primeros hechos de armas.

El rey Fernando dejó descansar a sus tropas unos días, se interesó por la salud de lord Scales y “le consolaba por las llagas que en los combates había recibido, e dixole que debía ser alegre porque su valor le apartó los dientes que su edad o alguna enfermedad le pudieran derribar. E que considerando como y en qué lugar los perdió más le facían hermoso que disforme. Mayor precio le daba aquella mengua que mengua le facía aquella ferida.”

“El conde inglés dixo que daba gracias a Dios e a la Virgen gloriosa su madre porque se veía visitado del más poderoso rey de toda la cristiandad e que recebía su graciosa consolación por los dientes que había perdido; aunque no reputaba mucho perderlos en servicio de Aquel que se los había dado todos.”

La campaña siguió y el siguiente objetivo, la ciudad de Ilora, sucumbió ante el empuje cristiano. Entonces el rey Fernando mandó un mensaje a la reina Isabel, que se hallaba en Córdoba, para que acudiera al Consejo de Guerra que se debía celebrar antes de acometer el asalto a Granada. Cuando llegó la reina, el lord inglés “le fizo un recibimiento muy pomposo montado en un hermoso caballo castaño con los paramentos hasta el suelo de seda azul y las orladuras de seda rasa estrelladas en oro, y traía un sombrero blanco con plumaje e una cimera hecha de una nueva manera. E traia consigo cinco caballos encobertados con sus pajes encima, todos vestidos de seda y brocado; y venian con él gentiles hombres de los suyos muy ataviados.

E ansí llegó a facer reverencia a la reyna y a la infanta Isabel e después al rey; y anduvó un rato festejando a todos encima de su caballo e saltando de un cabo a otro muy correctamente e a todos paresció bien esto e sus altezas ovieron mucho placer.”

Tan satisfecha quedó doña Isabel del comportamiento y exhibición del inglés, que al día siguiente “envió muy ricos e grandes dones a aquel conde de Escales: dos camas de ropas guarnecidas con paramentos de brocados de oro, doce caballos, ropa blanca, tiendas en que estubiese e otras cosas de gran valor.”

Lord Scale volvió a Inglaterra en agosto de ese año de 1486 para servir a su sobrino y rey en la guerra contra Francia en Bretaña, ducado aliado de Inglatera y Castilla contra Luis XI, quién intentaba lograr la unidad definitiva de las tierras de Francia.

Los RRCC sólo pudieron mandar 5.000 hombres a apoyar a su aliado inglés en la guerra de Bretaña. El 27 de julio de 1488 se dió la batalla de Saint-Aubin, los franceses derrotaron a la liga anglo-hispano-bretona. Encontraron la muerte muchos guerreros que se negaron a rendirse “por no darse a prisión”; entre otros lord Scale, el conde de Escales de la guerra de Granada.

La guerra de Bretaña terminaría definitivamente en 1491 con la boda de Ana, la heredera del duque de Bretaña con Carlos VIII de Valois, Francia estaba definitivamente unida. Pocos meses después, los RRCC destruirían el último bastión musulmán en la Península Ibérica.

La muerte de Lord Scales fue un eslabón más en la relación entre Inglaterra y España, que llevaría al Tratado de Medina del Campo, en 1489, donde se acordó el matrimonio del Príncipe de Gales, Arturo, con la infanta Catalina; además de sentar las bases de una duradera alianza política, militar y económica entre ambos Estados.

Cuando se produjo la entrada en Granada, los RRCC mandaron una larga misiva a su primo Enrique VII, quién al conocer la buena nueva ordenó se reuniese el alcalde y los regidores de Londres en la iglesia de San Pablo para que escucharon la noticia, después escucharon el Te Deum laudamus y salieron en procesión por las calles de la city londinense.



P.S.: Tomado de Mariano González-Arnao, Historia 16, nº 93, Enero 1984

miércoles, 11 de noviembre de 2009

La herencia de Isabel la Católica

A primeros de septiembre de 1504 era una evidencia la enfermedad de la reina Isabel. El año anterior la reina había recorrido buena parte de las principales ciudades de Castilla, y la fiebre y la depresión había prendido en su cuerpo y en su alma. Las desavenencias conyugales de su hija Juana, la constatación de su demencia y un infinito cansancio presiden la percepción de una muerte que se siente próxima. El 23 de septiembre, su marido requiere de la Universidad de Salamanca la presencia junto a los reyes de un jurista, y de un médico, para que asistan a un final que se presume inmediato. Hacía más de una semana que la reina no encabezaba ni firmaba las órdenes escritas de la monarquía, y la soledad de la firma del rey presagiaba un desenlace cuyo primer signo fue la incapacidad debida a la gravedad de la enferma.

La reina dictó testamento el 12 de octubre de 1504, ante su secretario y con la presencia de los obispos de Córdoba, Calahorra y Ciudad Rodrigo. La reina dictó un codicilo ante su secretario, y lo firmó delante de los obispos. Tres días más tarde, el 26 de noviembre, la reina moría en una casa de Medina del Campo. La noticia llegaba a Murcia y Cataluña una semana más tarde y, a los 15 días, ya se conocía en Navarra y en Roma. Tenía 53 años de edad, daba fin a casi 30 años de reinado y abría el camino a una herencia singular y un recuerdo imborrable.

La sencillez de la decisión acerca del destino de su cuerpo, y de los auxilios espirituales que necesitaba su alma contrasta con el conjunto de disposiciones políticas, que son la parte más importante del testamento y del codicilo: si el testamento revela la preocupación de la reina por corregir desequilibrios nacidos de la burocratización del Estado, de la presión nobiliar y de una constante que es la incertidumbre de la sucesión al trono, el codicilo se desarrolla para complementar aspectos descuidados en el testamento: privilegiar a la Iglesia en sus tres realidades más concretas del momento (obispados, Órdenes Militares, Santa Sede), lograr un eficaz funcionamiento de la justicia y ampliar la solidaridad con 20.000 misas más por las almas de los difuntos que le prestaron servicio.

A partir de 1504 Castilla padece una crisis que reproduce en buena parte contradicciones políticas preexistentes; frente a un aparente poder monárquico fuerte a la muerte de la reina, continúan insistiendo en sus reivindicaciones de privilegio las viejas aspiraciones de los grupos sociales más estanentalizados y las ciudades. Se reproducen en formaciones sociales partidistas que si bien no cuestionan con problemas de fondo la sucesión, si se polarizan en torno a los intereses de los personajes más directamente afectados: por un lado, la princesa doña Juana, archiduquesa de Austria y duquesa de Borgoña, casada con Felipe el Hermoso, heredera del trono castellano por la desaparición física de su hermano el príncipe don Juan; y de su hermana Isabel, casada con Manuel de Portugal; por otro lado, el rey Fernando, quien a la muerte de su mujer Isabel dejó de ser rey de Castilla, y a quien sin embargo se le reconoce en el testamento la gobernación del reino en ausencia de su hija doña Juana, que vivía en Flandes.

El 23 de enero de 1505, las Cortes de Castilla reunidas en Toro reconocían a su viudo como Gobernador de Castilla, hasta el momento en que regresase al reino doña Juana, a quien proclaman su reina aún con las reservas propias que inspiraba una enfermedad de la que ya se tenían noticias bien ciertas. Desde febrero de 1505 hasta mayo de 1506, Fernando el Católico se empeñó en una triple tarea cuyo objetivo final era preservar la unión de los reinos castellano y aragonés; frente a la oposición interna de buena parte de la nobleza castellana, que lo considera un extranjero, ayudado por los Procuradores en Cortes, por el aparato burocrático del Estado, por el clero y por los escasos miembros de la nobleza que lograron coaligar Cisneros y el Duque de Alba, el segundo empeño de Fernando fue asociarse al poder que representaba su yerno; el tercer empeño utilizó los recursos diplomáticos que permitieran un cambio en las relaciones con Francia y con el rey francés tras una posición recelosa respecto a la vecindad de los Habsburgo: Fernando el Católico se comprometió con Luis XII a contraer matrimonio con Germana de Foix y si nacía un hijo a titularle rey de Nápoles y de Jerusalén. El contrato matrimonial entre Fernando el Católico y Germana de Foix fue el resultado de una larga negociación. El 19 de octubre se celebró la boda por poderes, y el 18 de marzo de 1506 los recién casados se velaron en Dueñas.

La proximidad de las fechas ayuda a explicar la aceleración de la crisis; a fines de abril de 1506 Felipe el Hermoso desembarcó en La Coruña siendo recibido por la gran mayoría de la nobleza castellana, obligando en cierta manera a que Fernando abandone Castilla y se refugie en Aragón. El rey Fernando a primeros de septiembre parte hacia el reino de Nápoles. Días más tarde, el 25 de septiembre, moría en Burgos Felipe el Hermoso; fue el punto de partida de una serie de revueltas nobiliarias y del afloramiento de una serie de reivindicaciones territoriales, que dividieron a la nobleza en dos partidos; uno, más cercano a Cisneros, defendía el respeto al testamento de Isabel y, solicitaba a la vuelta de Fernando desde Nápoles para que se hiciese cargo de la gobernación del reino. El otro partido nobiliario, más próximo a las tesis políticas del desaparecido Felipe, defendía la entrega de la gobernación de Castilla a Maximiliano de Austria, que actuaría como regente hasta tanto su nieto Carlos no fuera proclamado rey de Castilla.

Existirán otros problemas, la formación de un tercer partido nobiliario en torno a Fernando, hermano de Carlos, que residía en Castilla, y que más adelante sería nombrado en el testamento de Fernando el Católico regente de Castilla y maestre de las Órdenes Militares, en el caso de que el reino quedase vacante, decisión que se modificó en enero de 1516 en beneficio de Cisneros, que sería regente hasta tanto no llegase el futuro emperador.

Los problemas más importantes continúan siendo la nobleza hostil a Fernando y partidaria de don Carlos y la incapacidad de la reina doña Juana. Juana, apodada la Loca, vera cuestionada su posibilidad de gobernar; la certeza de una enfermedad, más declarada y agravada a partir de la prematura muerte de su marido, Felipe el Hermoso, convirtió a la reina en una reclusa encerrada en Tordesillas desde 1509 por orden de su padre. Aparte de las evidencias de la incapacidad debida a la enfermedad, existió una pugna por el control del ejercicio del poder y una separación efectiva de la reina de los asuntos del Estado, que primero fue decidida por su marido, después por su padre y, más tarde, por su hijo Carlos quien, el 14 de marzo de 1516, se proclamaría rey de Castilla y Aragón en su residencia de Bruselas, una vez conocido el fallecimiento del Rey Católico, ocurrido el 23 de enero de 1516 en el pequeño lugar extremeño de Madrigalejo.

Nominalmente la reina doña Juana continuó figurando en los documentos reales, aunque hacía mucho tiempo que había sido apartada del poder y, contra lo dispuesto en el testamento de Isabel la Católica, existieron suficientes intereses y tensiones como para poner en peligro una compleja herencia familiar.

viernes, 6 de noviembre de 2009

Las mujeres y el pecado

En 1325 para conocimiento de los clérigos segovianos que ignoraban el latín, el obispo Pedro escribía en romance un amplio catecismo que finaliza con la relación de los pecados más corrientes entre los obispos, abades, miembros de los cabildos catedralicios, monjes sacerdotes, reyes, caballeros, mercaderes y campesinos. Su conocimiento es básico para entender la sociedad de la época.

Según se prueba por el décimo mandamiento la mujer es considerada un objeto, un bien mueble, susceptible de tener un dueño; “non desearás la muger de tu prójimo, non el siervo, non la sirvienta, non el buey, non el asno, nin otras cosas suyas.” Este mandamiento se entiende tan solamente de las cosas muebles, ya que los bienes raices están protegidos por el noveno mandamiento.

La mujer es inferior al hombre y, con frecuencia, un peligro, especialmente cuando el hombre pertenece al mundo clerical y ha recibido las órdenes sagradas. La inferioridad de la mujer no deja de presentar algunas ventajas como la menor gravedad de un pecado si es cometido por una mujer que si el pecador es un hombre; pero tiene inconvenientes considerables: la mujer no puede recibir las órdenes porque “...non debe servir al altar”. La condescendencia hacia el ser inferior que es la mujer llega hasta a reconocer la validez del bautismo administrado por un lego, aunque sea hereje o pagano, e incluso por la madre, en caso de peligro de muerte, pues del mismo modo “que el sol passa por muchos logares suzios” sin perder su brillo, el bautismo mantiene sus efectos aunque lo administre una mujer.

Los pecados de la mujer sí se resienten de su condición femenina: el coito entre casado y “suelta” es una simple fornicación, mientras que si un hombre, sea casado o no, yace “con muger de otro” se comete el grave pecado de adulterio porque a través de la mujer se ofende a su dueño, el marido. Para el obispo Pedro de Cuéllar hay que distinguir dos posibilidades: que una mujer yazga con un hombre y que un hombre haga el amor con una mujer; lo primero no debe hacerse nunca fuera del matrimonio, ni siquiera aunque la mujer se halle en gran menester y pobreza, porque el hombre “es fecho a serviçio e ymagen de Dios e devemos catar en él la reverencia de la fermosura divina” y sería grave pecado ensuciar esta imagen de la divinidad; si es el hombre el que yace con una mujer, realiza un acto natural y necesario para la perpetuación de la especie, pero comete un pecado porque el acto deja de ser natural en cuanto se realiza fuera del matrimonio, y “tal coyto...es commo, comer mezclado con veneno.”

Declaración de principios

En ente vlog, políticamente hablando, nos adscribimos a una izquierda de “tercera vía” que, además de vomitar sobre todos los apóstoles del liberalismo económico, también lo hace sobre los progres bienpensantes.

Así, creemos que lo de la diversidad cultural es un engaño (el 90% de las “culturas” del mundo podrían desaparecer ya mismo y el planeta sería un lugar mejor), que la pobreza es una lacra que hay que erradicar siendo paternalistas con los pobres – gente con tendencia desaforada a la superstición, el meapilismo y el machismo - y, por supuesto, que TODAS las religiones – y demás muestras de pensamiento mágico – son, sin excepción, una puta mierda que eliminar a sangre y fuego.

Robado descaradamente del vlog Vicisitud y Sordidez, uno de sus dueños, mantenedores, es un hombre de Argesira Mare; así que podeís imaginar la porquería que escriben

Saludos.

viernes, 23 de octubre de 2009

Inicio del calendario en Egipto

Tenemos un gran conocimiento del Egipto predinástico gracias a los Textos de las Pirámides, pero eso merece otra entrada.

Las deidades locales son el centro de la vida comunal. Cada nomo rinde culto a una dedidad diferente, siempre identificada con un animal. Poco a poco, por anexión, los nomos del Delta se unifican, más tarde el alto Egipto y por último Nubia. Al final nos encontramos con un reino y con un faraón.

La crecida del Nilo hace patente la necesidad de una forma de contar los días, cómo hacer diques de irrigación; saber las medidas de los campos e, importantísimo, cuantos impuestos generan los excedentes.

Los excedentes agrícolas permiten el rápido desarrollo de una civilización agrícola a una urbana, especialmente en el Delta y más tarde en el Alto Egpito. Surgieron grandes ciudades, se produjo la división del trabajo y apareció la estratificiación social; fue en estas ciudades donde se inventó la escritura con un claro componente económico.

El calendario de 365 es probablemente un invento predinástico del Delta. Sin embargo, nunca llegaron a añadir el año bisiesto, con lo que su año oficial se separaba un día cada cuatro años del año astronómico. Los antiguos egipcios se dieron cuenta que las estaciones iban cambiando de fecha según pasaban los años. Pero también se dieron cuenta que lo hacía cíclicamente, en un periodo de 1.460 años, el llamado ciclo sotaico.

Los egiptólogos han encontrado rastros de este conocimiento por todos los documentos rescatados de la arena, lo que ha permitido comparar las fechas egipcias con el año astronómico y se ha podido fechar el invento del calendario en la época predinástica en el año 4260 a.C

viernes, 16 de octubre de 2009

Felipe V

La guerra de Sucesión había terminado técnicamente el 11 de abril de 1713 con la firma de la Paz de Utrecht. El Duque de Anjou era reconocido como Rey de España y las Américas por las distintas potencias europeas. Estaba en el momento de mayor gloria personal.

Pasan algo menos de 8 años.

En el año 1721 el duque de Saint-Simon visitó España y registraba en sus memorias la transformación sufrida por el rey Felipe V de España desde que era duque de Anjou.

Dice así: “La primera ojeada, cuando hice una reverencia al rey de España al llegar, me sorprendió tanto que tuve necesidad de apelar a toda mi sangre fría para reponerme. No vislumbré rastro alguno del duque de Anjou, a quien tuve que buscar en su rostro adelgazado e irreconocible. Estaba encorvado, empequeñecido, la barbilla saliente, sus pies completamente rectos se cortaban al andar y las rodillas estaban a más de quince pulgadas una de otra; las palabras eran arrastradas, su aire tan necio, que quedé confundido. Una chaqueta sin dorado alguno, de un paño burdo moreno, no mejoraba su casa ni su presencia.”

Los médicos reales dictaminaban que el rey sufría “frenesí, melancolía, morbo, manía y melancolía hipocondriaca”. La salud del rey no se restauró ya que en un documento del 13 de julio de 1722 se nos revela que no había mudado de ropa desde hacía un año. Así, su traje caía hecho pedazos, y principalmente su pantalón descosido desde la cintura hasta abajo, cuando se sentaba se le veían los muslos. Al principio, un ayuda de cámara le remendaba el pantalón; se cansó de hacerlo. El rey hacía él mismo los remiendos con seda que pedía a las camareras.

El 17 de enero de 1724, Felipe V abdicó en su hijo Luis I, casado con Luisa Isabel de Francia, la mademoiselle de Montpensier, hija del regente de Francia, Felipe de Orleans, de quién decían que “tenía la inteligencia de un niño, la curiosidad de un adolescente y las pasiones de un hombre.”

Felipe de Anjou fue rey de España sin contestación unos 11 años y envejeció de manera horrible.

Vanitas vanitatis et omnia vanitas.

lunes, 21 de septiembre de 2009

El Himno nacional

El 27 de febrero de 1937, la Junta Técnica del Estado publica un decreto en el que declara “himno nacional el que lo fue hasta el 14 de abril de 1931, conocido como Marcha Granadera, que se titulará Himno Nacional, y que será ejecutado en los actos oficiales, tributándosele la solemnidad, acatamiento y respeto que el culto a la Patria requiere”.

Resulta significativo que Franco decidiera recupera el viejo nombre de Marcha Granadera, por entonces en desuso, para eliminar la palabra “real” del título. Ello deja entrever la intención de desvincular el Nuevo Estado de cualquier compromiso con la restauración monárquica.

La característica más notoria del himno de España es que no tiene letra, aunque a lo largo de todas su historia ha habido varios intentos de subsanar esta “carencia”. Y es que la Marcha Granadera o Real no es un himno al uso, sino una marcha de carácter militar y, como todas ellas, no fue pensada para ser cantada, sino de acuerdo a una finalidad muy distinta.

La Marcha Granadera es una de la músicas oficiales más antiguas de Europa, pues se viene utilizando, al menos, desde 1760. En este año, se incorpora a los toques militares esta composición (de autor desconocido) signo de la creciente importancia del cuerpo de granaderos dentro del Ejército, convirtiendose en una auténtica élite durante el s. XIX. Su carácter rítmico y solemne servía para que la infantería, el cuerpo más decisivo en todos los ejércitos hasta el siglo XX, mantuviera el paso en la batalla bajo el fuego enemigo.

Más allá de su uso militar, la implantación de la Marcha Granadera como música de rango oficial se cree data de 1770, año en el que Carlos III la declara Marcha de Honor. Finalizada la Guerra de la Independencia y regresa a España el rey Fernando VII, es restablecida como marcha nacional.

Durante todo el siglo XIX la Marcha Real carece de una versión oficial. Su realización corre a cargo de Bartolomé Pérez Casas, quien concluye la partitura en 1908, dándole una forma muy similar a la actual, con una estructura en tres partes, primera y tercera iguales y una central con variación de cuarto grado.

Mención especial merece la proliferación de letras para el himno que desde los primeros años del régimen franquista van a circular, con el consentimiento tácito de las autoridades. Destacando por encima de todas la escrita por José María Pemán, con una tímida alusión fascista “alzad los brazos, hijos del pueblo español”, y la de Luís Marquina, quién la había creado durante el reinado de Alfonso XIII, cantada especialmente por los monárquicos

Motto

He encontrado mi motto, y para los listos

http://es.wikipedia.org/wiki/Motto

Lo leí hace poco en una novela de Eduardo Mendoza, ésta es bastante mala, considerando el nivel del señor Mendoza.

Dice así:

La gente que lee con avidez y sin método suele leer cosas que no le reportan ningún provecho.

Creo que me cuadra a la perfección

Saludos

jueves, 17 de septiembre de 2009

La sociedad visigoda, tercera y última parte

Los campesinos

Los campesinos adscritos a la tierra de un señor laico y a la persona de éste son poco mencionados en los textos. Proceden dé los antiguos colonos romanos y de los campesinos libres que han aceptado la protección de un señor; su situación real —aunque sean libres jurídicamente y tengan por ello unos derechos personales— apenas difiere de la de los libertos, y parece que éstos, una vez rotos los vínculos de dependencia directa que los unían al señor, pasaban a la condición de tributarios, nombre que reciben encomendados y colonos. Unidos para siempre a la tierra que trabajaban, no podían venderla ni enajenarla de ningún modo, pero sí transmitirla a sus descendientes junto con la condición de tributario, y podían hacer suya la mitad de los campos incultos que roturasen.

En cuanto a los campesinos libres, los textos apenas los citan, por lo que puede deducirse que o bien su número y su importancia eran reducidos o que la legislación, hecha por la nobleza y para defender sus intereses, no se preocupó lo más mínimo de este grupo social que tendería a desaparecer en la Península del mismo modo que en el resto de Europa.

Libres privilegiados

Las fuentes de que disponemos para este período son de origen aristocrático y se limitan a describirnos la nobleza, laica y eclesiástica, y sus actividades; si se menciona a libres y libertos se debe a que son propiedad de nobles y eclesiásticos. Los antiguos nobles hispanorromanos nos son mal conocidos y es de suponer que, igual que ocurrió en el resto de Europa, se unieran a la nobleza militar germana, o pasaran a formar los cuadros eclesiásticos, cargos para los que estaban preparados por su cultura. No cabe duda de que Leandro y su hermano Isidoro, así como otros muchos obispos y fundadores de monasterios, pertenecían a estas poderosas familias.

Nobles y clérigos basan su situación de privilegio en la posesión de la tierra, que es y será durante mucho tiempo la fuente única de riqueza y poder. Los visigodos adquirieron sus propiedades por derecho de conquista o mediante acuerdos con los grandes terratenientes según el carácter, violento o pacífico, de su instalación en las diferentes regiones de Hispania. Los clérigos, como institución, han obtenido sus bienes por medio de colectas de bienes muebles y a través de las donaciones de tierras hechas por los fieles.

Entre las primeras figuran los cereales, el vino, los frutos y el dinero que la Iglesia recibe en forma de diezmos y primicias y en concepto de derechos de estola, es decir, como pago por la administración de los sacramentos. Diezmos y primicias no parecen haber sido obligatorios, y la exigencia de cualquier cantidad por administrar los sacramentos estuvo siempre prohibida, pero unos y otros fueron admitidos a título voluntario y estimulados por la Iglesia. Más importantes son las donaciones de tierras con sus hombres y ganados, los legados testamentarios y las dotaciones de iglesias y monasterios que harán de la Iglesia visigoda, en conjunto, el mayor propietario territorial de la Península.

La posesión de la tierra es la base del prestigio y de la fuerza económica de nobles y clérigos, pero éstos disponen además de una autoridad que refuerza su poder económico y lo extiende más allá de los límites de sus posesiones. El derecho de mandar, de castigar, y el deber de mantener el orden corresponde al rey, y éste, incapaz de hacer efectivo este poder, lo delega en los grandes propietarios, únicos que por medio de sus clientelas armadas pueden gobernar el territorio; su autoridad se extiende, de este modo, a las zonas próximas a sus dominios. Aparte de los beneficios económicos que de modo directo les reporta el ejercicio del poder (concesión de tierras por parte del rey, recepción de algunos impuestos, cobro de multas...) los grandes propietarios consiguen que numerosos campesinos libres, necesitados de protección o arruinados por las malas cosechas y por el alza de los impuestos, les entreguen sus tierras, se conviertan en colonos o encomendados.

La nobleza laica

Mientras el pueblo visigodo no pasó de ser un grupo militar en continuo movimiento gozó de un sistema de gobierno que podríamos llamar democrático en cuanto que todos los hombres libres participaban en la elección del jefe militar o rey y eran consultados en las asambleas celebradas anualmente durante los solsticios de verano. Al establecerse los godos en el Imperio como federados y más tarde como dueños de sus propios destinos, las asambleas populares decayeron y fueron sustituidas por la consulta o la decisión de un grupo de consejeros y amigos del monarca.

La gens Gothorum, el grupo militar visigodo, estaba formado por un número reducido de familias nobles cuyos miembros reciben los calificativos de primates o séniores y están unidos al rey por lazos de fidelidad personal. Junto a ellos figuran los mediocres, entre los que se incluyen con igual título las clientelas armadas de los séniores —reciben el nombre de sayones— y del rey, a los que conocemos con el nombre de gardingos. Al primer grupo pertenecerían unas cuatrocientas familias y al segundo mil.

Equiparados por sus propiedades a los grandes latifundistas romanos, estos consejeros forman el Senatus o asamblea política de los visigodos; aceptan bajo su protección a campesinos y colonos y se rodean de grupos armados que les permiten defender sus dominios y otorgar la protección debida a los campesinos, convertidos, por su trabajo, en soporte del poder político y social de los séniores. Las clientelas armadas y los campesinos acogidos al patrocinio de un noble, así como sus esclavos y libertos, ven en éste a su señor directo, y el rey queda relegado a un segundo plano, prácticamente reducido a sus propios dominios y a la ayuda que le puedan proporcionar sus propios hombres armados.

La autoridad del monarca será efectiva si consigue superar en tierras y, por consiguiente, en hombres armados al resto de los nobles; en caso contrario, será destronado o se verá obligado a pactar y hacer concesiones que limitan su ya disminuida autoridad.

El plan casi igualitario en que se mueven nobles y reyes experimenta importantes modificaciones a fines del siglo VI cuando Leovigildo decide convertir a su pueblo de guerreros en soporte de un estado organizado a la manera imperial, en el que los nobles militares perderían el ejercicio exclusivo del poder político para compartirlo con la que podríamos llamar nobleza de servicio o administrativa, que se recluta en su mayor parte entre las filas de los gardingos unidos al rey por juramentos de fidelidad.

La creación de una nobleza adicta y sometida al rey, de quien dependían todos los nombramientos, tenía como finalidad contrarrestar el excesivo poder de la nobleza de linaje; ésta mantendría sus posesiones pero se vería alejada de los puestos de mando, militares y judiciales, y su anulación política debería tener como efecto principal la creación de una monarquía hereditaria, paso que dio Leovigildo al asociar al trono a sus hijos Hermenegildo y Recaredo. Los planes del monarca visigodo pudieron ser llevados a la práctica precisamente por la riqueza y la fuerza militar que le proporcionó su matrimonio con Godsvinta, viuda de Atanagildo.

La incorporación a sus dominios del reino suevo y de algunas zonas arrebatadas a vascos (los antiguos vascos ocupaban las actuales Navarra, País Vasco y parte de Cantabria) y bizantinos (ocupaban desde la época de Justiniano la zona mediterránea desde Málaga hasta Cartagena, aproximadamente) le permitió pagar los servicios de esta nueva nobleza y derrotar a sus oponentes. Pero su proyecto no llegó a realizarse de una forma total al fallar, por motivos religiosos, la colaboración de los hispanorromanos, que debían proporcionar al nuevo Estado su organización jurídica y administrativa.

De todas formas, con Leovigildo desaparece el Senatus o asamblea política de la aristocracia goda de linaje y es sustituido por el Aula regia o Palatium regis del que formarán parte los oficiales palatinos, los consejeros del rey, los condes y duques encargados del gobierno de las ciudades y provincias, los condes con funciones militares y los gardingos.

Los miembros del Aula regia que reciben en las fuentes, con excepción de los gardingos, los calificativos de primates, optimates, magnates, viri illustres, clarissimi et spectabiles, es decir, los primeros, los mejores, los más grandes, los varones ilustres, sobresalientes y notables, serán los colaboradores directos del monarca con el que legislan, gobiernan, juzgan y administran el reino.

Sus cargos no son en principio hereditarios, sino que dependen de la voluntad del rey; pero en la practica se da una tendencia a transmitir por herencia los cargos y, con ellos, los beneficios de todo tipo que llevan anejos. A corto plazo, esta nobleza que ha servido para quebrantar a la de linaje, la suplantará en sus pretensiones y provocará sublevaciones contra el rey cuando no consiga por medios pacíficos ver confirmados o incrementados sus privilegios.

Los obispos comparten el poder con los miembros del Aula regia; éstos tendrán el gobierno activo, aquellos ejercerán una labor de inspección y control a través de los concilios generales en el ámbito nacional y por medio de los sínodos provinciales en el ámbito regional y local según dispone el III Concilio de Toledo al ordenar que cada año se reúnan los sínodos provinciales y que asistan a ellos, además de los obispos, los jueces del territorio y los encargados del patrimonio fiscal, «para que aprendan cuan piadosa y justamente deben tratar al pueblo, de forma que no graven los bienes privados ni los fiscales con cargas e imposiciones superfluas»; los obispos, por orden del rey, deben vigilar «cómo actúan los jueces con la población, de modo que los corrijan o den cuenta de su actuación al rey»; el obispo y los nobles con autoridad en la provincia deben decidir conjuntamente qué impuestos se deben pagar en ella.

FIN

P.S.: Tomado anarosaquintanamente e intercontextualizado de La Península en la Edad Media, de Jose Luís Martín